domingo, 8 de abril de 2012

TEMA 7. EL PENSAMIENTO POLITICO ILUSTRADO


TEMA 7
EL PENSAMIENTO POLITICO ILUSTRADO


7.1.EL DESPOTISMO ILUSTRADO

El despotismo ilustrado es un concepto político que se enmarca dentro de las monarquías absolutas, aunque el monarca sigue siendo el centro de poder y no tiene obligación de justificar
sus acciones, las ideas de los ilustrados empiezan a hacerse ver entre las técnicas políticas. El Despotismo Ilustrado seguía un principio básico, aumentando el bienestar del pueblo y dándole una educación básica, pero no excesiva, se conseguía que el nivel cultural del pueblo aumentase, aumentaban las posibilidades económicas de los más desfavorecidos y se conseguía un mayor beneficio a largo plazo para el Estado.
Por otra parte, era una manera de dar una nueva imagen de las monarquías absolutas para que parecieran una forma de gobierno más transigentes con el pueblo, una manera de mejorar la imagen de las Coronas ante los ojos de los Ilustrados de ideas más renovadoras y revolucionarias.
Los déspotas tenían las mejores intenciones: extender la cultura, aumentar el ingreso, mejorar la enseñanza, etc, pero todo lo querían hacer sin cambiar la sociedad; pero al ver que no podía, cejaron en sus intentos y se concentraron en reforzar el aparato del estado, dándole una administración eficaz y fuerzas armadas poderosas.
Llevaron a cabo una “legalización de comercio”, pero lo que de verdad querían era dejar el camino libre para el contrabando. Así es, que aumento la recaudación en las aduanas, que era lo que realmente se buscaba. Al contrario de lo que querían, causaron graves problemas a la economía española.

En resumen, que lo que consiguieron con todo esto, fue arruinar más la Hacienda, provocando que las fábricas bajaran en ingresos mucho y todo eso afectara más al país.
Todo se podía resumir en la frase: "Todo por el pueblo, pero sin el pueblo"


EL CONTRATO SOCIAL DE JEAN JACQUES ROUSSEAU
LIBRO SEGUNDO
(EL ESTADO Y SUS COMPONENTES)

CAPITULO I
LA SOBERANÍA ES INALIENABLE

"...
la voluntad general puede por si sola dirigir las fuerzas del estado, según los fines de su institución, que son el bien común,.."
El soberano, o el ser colectivo, que se representa por sí solo, dentro de el poder podrá trasmitirse pero nunca lo hará la voluntad, entonces la soberanía es un hecho que no se podrá desnaturalizar en su esencia, pues en el momento, (dice Rousseau) que hay un amo, no hay soberano, y desde ese instante está destruido el cuerpo político.

CAPITULO II
LA SOBERANÍA ES INDIVISIBLE

"... la soberanía...es indivisible, por que la voluntad es o no genera; o es la del pueblo, o solamente la de una parte de éste,... es un acto de soberanía y hace ley... no es sino una voluntad particular,..."

La soberanía es inalienable, lo es también indivisible, que no existe una división de poderes, por ser ésta un cuerpo compactos, donde todos tienen funciones que determinan la acción del Estado, el error de nuestros políticos dice Rousseau es ..."al no poder dividir la soberanía en su principio, la dividen en su objeto: la dividen en fuerza y en voluntad, en poder legislativo y en poder ejecutivo." "hacen del soberano un ser fantástico y formado de piezas de taracea; es como si compusieran al hombre de varios cuerpos, de los cuales el uno tuviera los ojos, el otro brazos y el otro los pies, y nada mas."

Estos errores se cometen indudablemente por la falta de conceptos exactos sobre la autoridad soberana.

CAPITULO III
SI PUEDE ERRAR LA VOLUNTAD GENERAL

"... la voluntad general es siempre recta y tiende siempre a la utilidad pública... Siempre quiere uno su bien, pero no se lo ve siempre bien; nunca se corrompe al pueblo, pero se le engaña a menudo, y entonces es cuando parece querer lo que es malo."

Parece que Rousseau, se adelanto a nuestros días o es que siempre sucedió que los gobierno corrompen al pueblo al engañar al mismo, entonces esta costumbre se plasma en las decisiones erradas de la voluntad del soberano, esta tiende a equivocarse, por el simple echo que no existe seguridad, y en el conjunto de voluntades entonces se teje la inseguridad y desde luego esto hace que las decisiones sean tomadas a priori, por el momento sin meditar en el conjunto del asunto a elegir. Es necesario que no existan bandos o sectas en el Estado para asegurar que estos tomen decisiones muy particulares.

CAPITULO IV
DE LOS LÍMITES DEL PODER SOBERANO

"...el poder soberano, por muy absoluto, sagrado e inviolable que sea, no traspasa ni puede traspasar los límites de los contratos generales; y que todo hombre, en virtud de estos contratos, puede disponer plenamente de lo que haya sido dejado de sus bienes y de su libertad,..."

Entonces el Estado a través de Soberano, no tiene injerencia alguna a adentrarse dentro de lo individual, hasta donde se le hace permisible, esto es hasta el límite de la libertad que por naturaleza lo expone el hombre común.

CAPITULO V
DEL DERECHO DE LA VIDA Y MUERTE

"Se pregunta cómo los particulares, no teniendo derecho para disponer de su propia vida, pueden trasmitir al soberano ese mismo derecho de que carecen."

Cuando se quebranta una ley donde esta en peligro la existencia de la persona o del Estado, uno de los dos tiene que extinguir, pero como podría esto llevarse a cabo, cuando este individuo no tiene derecho a decidir por su vida, y siendo el mismo quien conforma al soberano, se auto elimina, esto no es lógico.

Rousseau, opina que el delincuente o cualquier hombre siempre tendrá la oportunidad de volverse bueno por alguna razón, y que el derecho a la vida existe, pero al de la muerte es discutible, deja esta discusión para el "...justo que no haya delinquido jamas y que nunca haya tenido necesidad de gracia".

CAPITULO VI
DE LA LEY
"Es, pues necesario que haya contratos y leyes para unir los derechos a los deberes y conducir la justicia a su objeto." "Las leyes no son realmente sino las condiciones de la asociación civil. El pueblo sumiso a las leyes debe ser el autor de las mismas;..."

la presencia de la ley en el soberano obedece a que si bien es cierto que la voluntad general siempre es recta, pero, los juicios que los guían no son muy claros, y traerán una disyuntiva entre lo aprovechable y pernicioso, entre lo bueno y malo, es pues necesario la existencia, para que a partir de allí se pueda distinguir entre derecho y deber.

Rousseau opina también que si el pueblo es quien hace de la ley su existencia, esta debería necesariamente ser escrita por el mismo pueblo. "Nada de lo que os proponemos decían al pueblo, puede ser ley sin vuestro consentimiento. Romanos, sed vosotros los autores de las leyes que deben hacer vuestra felicidad."

CAPITULO VII
DEL LEGISLADOR

"El legislador es, desde todos los puntos de vista, un hombre extraordinario dentro del Estado. Si debe serlo por su inteligencia, no lo es menos por su cargo." "...el que manda a los hombres no debe mandar alas leyes, el que manda a éstas o debe mandar a los hombres; de otro modo sus leyes, ministros de sus pasiones, no harían a menudo sino perpetuar sus injusticias: el legislador no podría evitar nunca que intereses particulares alterasen la santidad de su obra."

Seria necesario la presencia de alguien que no tenga anda que ver con nuestra propia naturaleza para que sea quien legisle a favor nuestro, así estaríamos salvando la idea que se legisla a favor propio, por intereses muy particulares, como es usual en nuestros días, entonces será necesario que el legislador sea una persona muy sabia, que sea necesariamente temerosa de algo superior al él, "no existió un ordenador de leyes extraordinarias en ningún pueblo que no recurriese a Dios,..."

CAPITULO VIII - IX - X
DEL PUEBLO

"Los hombres son los que forman el Estado, pero la tierra es la que nutre a los hombre;..." "De dos maneras puede medirse un cuerpo político: por la extensión del territorio y por el número de habitantes;..."
Será muy necesario tener en cuenta sobre al extensión de territorio donde se asentara el número del pueblo, ya que ello facultaría la facilidad o al difícil modo de gobierno.

"..como un objeto de mucho peso es mas difícil de remover cuando el punto de apoyo de la palanca está lejos de aquel" " ...y así como un cuerpo, gigantesco por su constitución, se hunde y perece aplastado por su propio peso."
"unas mismas leyes no pueden convenir a tantas provincias diversas, que tienen costumbres diferentes, que viven en climas opuestos, y que no pueden estar sometidas a la misma forma de gobierno" Estos conceptos afirmas muy contundentemente las ventajas de que el pueblo organizado de acuerdo a sus semejanzas y peculiaridades muy propias, además en lo posible que sea pequeño, será mas factible su gobierno que otro grande en extensión, me atrevería a
conceptualizar estos argumentos como el inicio de la forma de gobierno federal, efectivamente es importante señalar que los poderes dados al pueblo como un Estado, dentro de un o mas grande, a contribuido a que estos países puedan avanzar hacia el progreso en forma acelerada, que los Estados grandes que no tienen como administrar a su pueblo, y estos últimos aún son extraños al poder y quien los gobierna. (los países mas desarrollados del planeta tiene una administración de sus territorios, agrupados federativamente).
CAPITULO XI
DE LOS DIVERSOS SISTEMAS DE LEGISLACIÓN

"...todos los sistemas de legislación... se reduce a dos objetos principales: Libertad e igualdad;.."
Toda libertad hará mas fuerte el Estado, pues esta libertad es restada al cuerpo del estado, la igualdad indudablemente hará que el sistema funcione. La existencia del Estado esta relacionado a su constitución donde se ha observado y atendido a todas las conveniencias y el acuerdo en los puntos de las relaciones naturales y de las leyes, para que estas sean de fortalecimiento de la libertad no llegando a la servidumbre.

CAPITULO XII
DIVISIÓN DE LAS LEYES

"Para ordenar el todo o dar la mejor forma posible a la cosa pública hay que considerar relaciones diversas."

Todo cuerpo se relaciona entre si. El soberano al Estado, se vincula entre si por leyes, estas relaciones entre el hombre y la ley son:
a.- Leyes políticas o leyes fundamentales, es el orden establecido, modos apropiados de orden público.

b.- Leyes civiles, es la que ordena las relaciones entre los miembros entre si o con el cuerpo social.

c.- Leyes penales, es la que relaciona de la desobediencia a la pena.

d.- Las costumbres, el autor lo estima mas importante que las precedentes, por que esta no esta escrita sino en el corazón y conciencia de cada hombre; "ley que funda la verdadera constitución del Estado, que se robustece todos los días y que sustituye insensiblemente la fuerza de la autoridad con la del hábito."


LIBRO TERCERO
(DEL APARATO ESTATAL, FORMAS Y ANORMALIDADES)

CAPITULO I
DEL GOBIERNO EN GENERAL

"Un cuerpo intermedio establecido entre los súbditos y el soberano para su mutua correspondencia y encargado de la ejecución de las leyes y de la conservación de la libertad tanto civil como política." "El gobierno... Es una personalidad moral dotada de ciertas facultades, activa como el soberano y pasiva como el Estado,..."

El gobierno es la administración suprema, del ejercicio del poder ejecutivo, a través del cual se administra al cuerpo, este cuerpo cuanto mas grande tanto mas se disminuye la libertad, y beneficios unitarios, pues es la enésima parte del estado cada individuo, y por consiguiente el gobierno ha de ser mucho mas fuerte cuando el pueblo tiende a crecer.

Es necesario comprender que el gobierno es parte del cuerpo estatal, muy distinto al pueblo y del soberano, que interviene entre uno y otro, la fuerza que ejerce el gobierno nace indudablemente de la voluntad pública.

CAPITULO IV
DE LA DEMOCRACIA

"Un gobierno tan perfecto no es propio de hombres."

Básicamente es te tipo de gobierno es la que el pueblo dirige, es de aplicación correcta en gobierno pequeños donde cada ciudadano es conocido u reconocido por todo su historial, es pues un tipo de gobierno mas cerca del pueblo, o mejor dicho el gobierno del mismo pueblo, ello nunca será relevante si este tipo de gobierno se aplica aun pueblo grande, donde los individuos no se conocen entre si, y arribará a las extinción del mismo, por no contar con el pueblo, razón de ser del gobierno de cerca, el Estado Democrático.

CAPITULO V
DE LA ARISTOCRACIA

"las primeras sociedades se gobernaron aristocráticamente. Los jefes de familia deliberaban entre sí sobre los asuntos públicos. Los jóvenes cedían sin esfuerzo a la autoridad que da la experiencia."
Existe hasta tres clases de aristocracia, encontramos a. La Aristocracia natural, la aristocracia electiva y la aristocracia hereditaria, y como contundentemente dice Rousseau que "...es el mejor y mas natural que los mas sabios gobiernan a la multitud, cuando y mas natural que los mas sabios gobiernen a la multitud, no hay que multiplicar los créditos en vano, ni querer hacer con veinte mil hombres lo que puede hacer cien hombres escogidos mucho mejor."

CAPITULO VI
DE LA MONARQUÍA

"... poder reunido en manos de una persona natural, de un hombre ral, que tenga sólo el derecho de disponer de él según las leyes."

Muchas veces esta forma de gobierno se instituyo gracias a que estos poderes absolutos se ganaron además de heredarla, vía el amor del pueblo a su monarca, este amor que proviene del pueblo es sin duda el poder mas grande. Este tipo de gobierno insiste el autor es solo de conveniencia para los grandes estados.
El inconveniente de esta forma estatal es que esta se da en sucesión continua y ello es peligroso en muchas formas, en contra de ello se puede decir que es mejor a razón que la máxima común a todos los gobernadores nuevos es hacer todo lo contrario del predecesor y así se va flotando de máxima en máxima y de proyecto en proyecto, asunto que no ocurre en un gobierno continuo y monárquico.

CAPITULO VII
DE LOS GOBIERNOS MIXTOS

"..las formas mixtas desarrollan un término medio de fuerza."
Es mejor un gobierno simple, por el simple motivo de simple, pero, es necesario que esta sea uno que tenga además del poder legislativo uno de poder ejecutivo.

CAPITULO XV
DE LOS DIPUTADOS O REPRESENTANTES

"Toda ley que no haya sido ratificada por el pueblo en persona es nula, y no es ley"

"...puede reunirse el poder exterior de un gran pueblo con la administración fácil y con el buen orden de un Estado pequeño."

Es necesario que el individuo no sea apático con el llevar de la nación y que toda ley que conlleva este propósito tiene que ser ratificada por el pueblo en persona, caso contrario esta no es valedero.

Rousseau, propone establecer a la nación en Estados pequeños donde la administración de todo cuanto sea ha de ser mas fácil, y se detiene en ofrecer un estudio mas amplio respecto de la confederaciones y sus principios.

CAPITULO XVI
LA INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO NO ES UN CONTRATO

"Hay sólo un contrato en el Estado y es el de la asociación; y éste excluye todos
los demás."

El Estado no existe si no por un contrato estipulado, entre El Estado, Ley y Ciudadanía, además de los cuerpos de administración de dar leyes y de ejecutarlas.

CAPITULO XVII
DE LA INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO

"¿Qué idea,... nos hará concebir el acto por el cual se instituye el gobierno?" "...este acto... es. El, establecimiento de la ley y la ejecución de la misma."

El establecimiento de la ley, hará posible la existencia del soberano, bajo ciertas formas, al ejecutar la ley este se plasma en la elección de los jefes encargados del gobierno. Este gobierno necesariamente tendrá sus instituciones que operen mancomunadamente.


EL DERECHO NATURAL

La expresión Derecho Natural hace referencia a una corriente de
Pensamiento jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado precisamente Derecho Natural.

El
concepto de Derecho
Natural está unido a otros conceptos jurídicos tales como Derechos Humanos,
naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y bien común. Más que una tesis, constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios.

Cuando se habla de Derecho Natural, se hace alusión al derecho propio o inherente a la naturaleza humana, que no es creado deliberadamente por un órgano gubernamental, sino que está constituido por criterios y
principios rectores de la conducta humana, que los partidarios de esta corriente consideran como eternos e inmutables; además no está representado por un conjunto unitario y sistemático de normas, que exista en algún lugarconcreto y cuya validez todos reconozcan. "Se formula en postulados ideales, absolutos y universales, que tienen la pretensión de ser intrínsecamente válidos, o sea que valen por sí mismos. Para los iusnaturalistas es un derecho modelo, que busca la auténtica justicia".

Para su validez, el Derecho Natural, no requiere ser
producto de un determinado procedimiento previamente establecido para la creación de normas jurídicas. El Derecho Natural es esencial a la naturaleza humana, y no creación del hombre.

Es precisamente natural, porque se funda en la naturaleza; pero ésta ha sido considerada desde diferentes enfoques. Para unos está fundada en la naturaleza divina. Para otros, se inspira en los dictados o mandamientos de la divinidad.
En otra de sus versiones está el Derecho Natural apoyado y basado concretamente en principios de la Iglesia Católica. Para otros, está de acuerdo con la naturaleza humana; el hombre refleja su propia naturaleza en ese derecho para que sus normas tengan suprema calidad humana.

El Derecho Natural pretende ser el original, genuino, correcto y desde luego, vigente de modo absoluto. Lo significativo, es que se trata de una concepción que requiere destacar básicamente la realización de los valores humanos. Es una acepción axiológica, que no requiere atender sólo a las formas, sino más bien a los contenidos valiosos y por ello siempre se le contrapone al
Derecho Positivo, que sólo es formalmente válido por la razón de ser elaborado, aplicado y reconocido por el Estado, en el que impera el arbitrio de sus órganos de poder o gobierno y en el que la legalidad predomina sobre sus valores, si no es que los sustituye.
"Es el saber filosófico el medio por el cual adquiere significación para la humanidad el Derecho Natural, pues sólo mediante el mismo se hace presente a la conciencia, con lo cual es posible abogar por su cumplimiento y orientar su aplicación. El Derecho Natural en su forma es saber filosófico, característica ésta de vital importancia".

Así, podríamos definir al Derecho Natural como: "El conjunto de las normas que los hombres deducen de la intimidad de su propia conciencia y que estiman como expresión de la justicia en un momento histórico determinado. La idea de la existencia de este derecho sigue al hombre en el curso de la
historia, pero es una idea cambiante como el tiempo".
La concepción de quienes afirman la existencia de un Derecho Natural eterno e inmutable, igual para todos los tiempos y para todos los pueblos es inaceptable. Atribuirle semejante característica es contrario a las realidades históricas que manifiestan que el Derecho Natural está sujeto a cambios y transformaciones.


7.2. LA REVOLUCION
FRANCESA ENFOQUE DE FRANCOIS FURET

¿Una revolución o varias revoluciones?

Desde la perspectiva marxista ortodoxa, la revolución es una unidad, un bloque que puede incluir varias etapas pero que son siempre parte de un proceso único.
La tesis formulada por François Furet y Denis Richet en 1965 se pronuncia en contra de esta interpretación, sosteniendo que en 1789 se dieron tres revoluciones simultáneas: la de los diputados de los Estados Generales de Versailles y en el marco posterior de la Asamblea Legislativa, la de las capas de la pequeña y baja burguesía en las ciudades y la de los campesinos.

Para Furet y Richet el componente realmente trascendente e indicador de futuro fue la revolución burguesa, ya que el movimiento campesino y las revueltas pequeñoburguesas fueron revueltas sociales que sucedieron paralelamente a la revolución burguesa, influidas por esta pero con planteamientos y motivaciones propias.

Por lo tanto, si para los marxistas ortodoxos la revolución francesa es una revolución burguesa porque produjo la transición del orden y modo de producción feudal al capitalista, para los revisionistas se puede denominar revolución burguesa sólo a la parte de la revolución francesa dirigida por las elites ilustradas; los movimientos de las capas medias y bajas no pertenecen a la revolución burguesa, ya que esta constituye una revolución política, una competencia por la dirección del Estado.

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